Desde
el 30 de marzo de 2019 están vigentes las modificaciones realizadas al Código
Penal, mediante Ley Nª 30924:
-Se modifica el artículo
168B del Código Penal, para reprimir, además de pena privativa de libertad, con
pena de multa, a quienes cometen el delito de trabajo forzoso, tanto en su
modalidad simple como agravada.
-Se modifica el artículo
195 del Código Penal para establecer como modalidad agravada del delito de
receptación (artículo 195, último párrafo, del Código Penal), cuando los bienes
provienen (ademàs de los delitos de robo agravado, secuestro, extorsiòn, trata
de personas), del delito de trabajo forzoso.
Aquí
se puede encontrar la referida ley:
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