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viernes, 19 de abril de 2019

Tribunal Constitucional declara fundada demanda de amparo al considerar que la sanción de inhabilitación perpetua para ocupar cargos directivos que se les impuso a integrantes de una asociaciòn, vulneró el derecho al debido proceso, en su manifestación del derecho a la defensa y en relación al principio de legalidad, al no estar acreditado que se les haya comunicado las imputaciones por las que fueron sancionados, (Ex. Nro.3039-2015-PA/TC,)


En sentencia emitida por el Tribunal Constitucional peruano, en el Expediente Nro.3039-2015-PA/TC, recientemente publicada en la web del referido organismo, se declara fundada una demanda de amparo interpuesta por integrantes de una asociación, al considerarse que la sanción de inhabilitación perpetua para ocupar cargos directivos que se les impuso, vulneró el derecho al debido proceso, en su manifestación del derecho a la defensa y en relación al principio de legalidad, al no estar acreditado que se les haya comunicado las imputaciones por las que fueron sancionados, así como que se les haya puesto de conocimiento que iban ser sometidos a procedimiento disciplinario.

Aquí se puede encontrar la referida resolución:



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