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jueves, 27 de octubre de 2022

ESTABLECEN QUE ANTE LA CONDENA DEL ABSUELTO, SE PODRÁ INTERPONER RECURSO DE APELACIÓN ANTE LA SALA PENAL DE LA CORTE SUPREMA DE LA JUSTICIA DE LA REPUBLICA: Ley Nº 31592.

Ayer 26 de octubre de 2022, en Edición Extraordinaria del Diario Oficial El Peruano, se publicó la Ley Nº 31592, que modifica el Código Procesal Penal, relacionado con la condena del absuelto, para garantizar el derecho a la pluralidad de la instancia del condenado.

-Se modifican los artículos 419, 423 y 425 del Código Procesal Penal de 2004.

-Se establece que la Sala Penal Superior tratándose de sentencias absolutorias, podrá dictar sentencia condenatoria, fallo que podrá ser revisado en apelación por la Sala Penal de la Corte Suprema.

Aquí puede encontrarse la referida ley:

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/ley-que-modifica-el-codigo-procesal-penal-decreto-legislati-ley-no-31592-2119487-2/


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