En sentencia emitida en el Recurso de Nulidad N° 401-2020, Lima Sur, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, se pronuncia declarando infundado un recurso de nulidad presentado por una persona que fue sentenciada por el delito de feminicidio (tentativa), a 11 años de pena privativa de libertad.
En esta
interesante sentencia se desarrollan los elementos del contexto del delito de feminicidio
según la jurisprudencia penal (sobre violencia familiar, prevalimento,
discriminación).
Así mismo,
se desarrollan criterios lógicos para la determinación de la existencia de un
dolo homicida, según cada caso, señalándose a los siguientes: relaciones
intersubjetivas entre el autor y la víctima; la personalidad del agente
delictivo, la capacidad para delinquir; incidencias previas al hecho (se
existieron insultos, provocaciones, amenazas); las manifestaciones de los
intervinientes; características, dimensiones idoneidad del arma u objeto
contundente utilizado; el lugar, zona corporal hacia dónde se dirigió el
ataque; la duración, número,
reiteración de los actos de agresión; profundidad o superficialidad de heridas
o contusiones; la conducta posterior del infractor punible. (Fundamento 9.3)
Se
considera que existe prueba suficiente para condenar.
Aquí puede
encontrarse la referida sentencia:
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