El 02 de mayo de 2021, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 31181, en cuyo artículo único declara de interés nacional la prevención, la detección temprana y el tratamiento contra el cáncer pulmonar, incluyendo los cuidados paliativos.
En una
Primera Disposición complementaria se señala que el Ministerio de Salud dispone la inclusión en el Petitorio
Nacional Único de Medicamentos Esenciales los insumos necesarios referidos a la
terapia biológica que resulte más efectiva para el tratamiento del cáncer
pulmonar, dentro de los 30 días a partir de la vigencia de la referida Ley (en
concordancia con el artículo 34 de la Ley 29459, Ley de los Productos
Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios)
Así mismo, en una Segunda Disposición
Complementaria se indica que el Ministerio de Salud aprobará las guías de
práctica clínica aplicables para la prevención, la detección y el tratamiento
del cáncer pulmonar, incluyendo la terapia biológica, en el plazo de 30 días de
la entrada en vigencia de la presente ley.
Aquí se puede encontrar la referida Ley:
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