Mediante Ley N° 31171, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de abril de 2021,se autoriza por única vez, hasta el 31 de diciembre de 2021, a los trabajadores comprendidos dentro de los alcances del T.UO del Decreto Legislativo 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR, a disponer libremente del cien por ciento (100%) de los depósitos por compensación por tiempo de servicios (CTS) efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición.
Aquí se puede encontrar la referida Ley.
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