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miércoles, 24 de junio de 2020

ESTABLECEN “PRESTACIÓN ECONÓMICA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE EMERGENCIA ANTE LA PANDEMIA DEL CORONAVIRUS COVID-19”, HASTA S/760 00 SOLES PARA TRABAJADORES QUE SE ENCUENTREN EN SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES.


Se publica hoy 24/06/2020 en el Diario Oficial El Peruano el Decreto de Urgencia 72-2020, que modifica el Decreto de Urgencia 38-2020, que establece medidas complementarias para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores ante el COVID-19 y otras medidas.
Se dispone que para los casos de los trabajadores que se encuentren en una suspensión perfecta de labores, cuyo empleador cuente con hasta cien (100) trabajadores (conforme a dispuesto en literal b) del numeral 7.2, artículo 7 del Decreto Supremo N° 011-2020-TR y modificatoria), y siempre que perciban una remuneración bruta de hasta S/ 2 400, 00, se crea la “Prestación Económica de Protección Social de Emergencia ante la Pandemia del Coronavirus COVID-19”, otorgada por el Seguro Social del Salud hasta por un monto máximo de S/ 760, 00 (SETECIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES) por cada mes calendario vencido que dure la correspondiente medida de suspensión perfecta de labores, hasta por un periodo máximo de tres (3) meses.

Aquí se puede encontrar el referido Decreto:


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