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viernes, 5 de junio de 2020

Decreto Legislativo 1514, que optimiza la aplicación de la medida de vigilancia electrónica personal como medida coercitiva personal y sanción penal a fin de reducir el hacinamiento.


Se publicó ayer 04/06/2020 en Edición Extraordinaria del Diario Oficial El Peruano el Decreto Legislativo 1514, que optimiza la aplicación de la medida de vigilancia electrónica personal como medida coercitiva personal y sanción penal a fin de reducir el hacinamiento.
Se modifica el Código Penal, el Código Procesal Penal, el Decreto Legislativo Nº 1300 (que regula el procedimiento especial de conversión de penas privativas de libertad por penas alternativas, en ejecución de condena) y el Decreto Legislativo Nº 1322 (regula la vigilancia electrónica personal)
Se regula lo siguiente:
-Los requisitos para la conversión de pena privativa de libertad en pena de vigilancia electrónica personal.
-Forma de cumplimiento de la pena de vigilancia electrónica personal.
-La comparecencia restrictiva con vigilancia electrónica personal.
-La detención domiciliaria con vigilancia electrónica personal.
-Las modalidades de la vigilancia electrónica personal.
-La procedencia de la vigilancia electrónica personal.
-Modalidades, requisitos, supuestos de exclusión, procedimiento, audiencia, diligencia de instalación de la vigilancia electrónica personal.
-Se modifica el Decreto Legislativo Nº 1300, que regula el procedimiento especial de conversión de penas privativas de libertad por penas alternativas, en ejecución de condena.
Aquí se puede encontrar el referido Decreto:

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