Se publicó ayer 04/06/2020 en Edición Extraordinaria del
Diario Oficial El Peruano el Decreto Legislativo 1514, que optimiza la
aplicación de la medida de vigilancia electrónica personal como medida coercitiva
personal y sanción penal a fin de reducir el hacinamiento.
Se modifica
el Código Penal, el Código Procesal Penal, el Decreto Legislativo Nº 1300 (que
regula el procedimiento especial de conversión de penas privativas de libertad
por penas alternativas, en ejecución de condena) y el Decreto Legislativo Nº
1322 (regula la vigilancia electrónica personal)
Se regula
lo siguiente:
-Los
requisitos para la conversión de pena privativa de libertad en pena de
vigilancia electrónica personal.
-Forma de
cumplimiento de la pena de vigilancia electrónica personal.
-La
comparecencia restrictiva con vigilancia electrónica personal.
-La
detención domiciliaria con vigilancia electrónica personal.
-Las
modalidades de la vigilancia electrónica personal.
-La
procedencia de la vigilancia electrónica personal.
-Modalidades,
requisitos, supuestos de exclusión, procedimiento, audiencia, diligencia de
instalación de la vigilancia electrónica personal.
-Se modifica el Decreto Legislativo Nº 1300, que
regula el procedimiento especial de conversión de penas privativas de libertad
por penas alternativas, en ejecución de condena.
Aquí se puede encontrar el referido Decreto:
No hay comentarios:
Publicar un comentario