Buscar este blog

Translate

miércoles, 11 de diciembre de 2019

Recurso de Nulidad 1857-2018, Lima: Error de tipo, testigos de referencia, proporcionalidad de pena.


En sentencia emitida por la Sala Pena Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República en el Recurso de Nulidad 1857-2018, Lima Este, recientemente publicada en la web del Poder Judicial, se trata temas referentes al error de tipo, testigos de referencia, proporcionalidad de la pena.

La instancia suprema señala que el error de tipo (Art 14 del Código Penal) se refiere “a la creencia equivocada, a la ignorancia o al desconocimiento de la concurrencia de alguno de los elementos del tipo penal, o lo que es lo mismo, un error sobre un hecho constitutivo de la infracción punible. El error excluye el dolo” (Fundamento noveno).

Tambièn señala que la declaración de un testigo indirecto o de referencia tiene un valor probado limitado, no tendrá la calidad de prueba si su testimonio no es confrontado con otras declaraciones de testigos presenciales o prueba indiciaria. (fundamento once)

Finalmente, indica, que el principio de proporcionalidad posee un doble enfoque: “como prohibición de exceso” y como “prohibición por defecto”. Esta última impide que la pena sobredisminuya la responsabilidad por el hecho” (Fundamento vigésimo segundo)

Aquí se puede encontrar la referida resolución:


No hay comentarios: