Se publica hoy
en el Diario Oficial el Peruano la Ley Nº 32305, que modifica el Decreto
Legislativo 1428, que desarrolla medidas para la atención de personas de casos
de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad, respecto a la incorporación
de las personas con discapacidad en la alerta Amber.
-Se modifican
los artículos 5, 7, 8 y 11 y la tercera disposición complementaria final del
Decreto Legislativo 1428.
-Se modifica
el artículo 5 para incluir a la desaparición de las personas con discapacidad en
la Alerta Amber realizada por la Policía Nacional.
-Se modifica
el artículo 7 para establecer que en caso la denuncia no sea recibida de manera
inmediata por la Policía Nacional, la persona afectada puede
denunciar este hecho a la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú
y/o a la Central Única de Denuncias del Ministerio del Interior, según
corresponda.
-Se
precisa el artículo 8.2 para en el aspecto referente a que la Alerta Amber está
destinada a ser difunda en páginas de internet o aplicativos de dominio público
y privado (antes se decía páginas de internet de dominio público y privado).
-Se
precisa el artículo 11.c para señalar que la atención en salud de la persona
desaparecida incluye el prestar atención psicológica con la finalidad
de garantizar el acceso a un servicio integral de acompañamiento gratuito para
los familiares de la persona desaparecida, según sus competencias.
-En la
tercera disposición complementaria se señala que la presente norma es difundida
y exhibida en los locales de las Defensorías del Niño y del Adolescente, los
Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor (CIAM) y las oficinas
municipales de atención a personas con discapacidad (OMAPED) de las
municipalidades a nivel nacional, los Centros de Emergencia Mujer, los centros
de salud mental, los programas de intervención temprana (PRITE), los centros de
educación básica especial (CEBE), las Municipalidades, los Gobiernos
regionales, las oficinas de la Defensoría del Pueblo y en las comisarías a
nivel nacional, con el objeto de que la población y los funcionarios tengan
pleno conocimiento de sus alcances”.
Importante
ley que incluye a las personas con discapacidad en la Alerta Ambar que debe
emitir la Policía Nacional cuando se denuncia la desaparición de personas.
La emisión
de Alerta Ambar es importante y en muchos casos ayuda a encontrar de manera inmediata
a la persona desaparecida y evitar la consumación de algún delito en su
agravio.
Es
importante la difusión de esta ley.
Aquí puede
encontrarse la referida Ley:
https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2393338-1
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