Ayer 11 de abril de 2025 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 32298, que modifica la Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres e integrantes del Grupo familiar y el Decreto Legislativo 1318, Decreto Legislativo que regula la formación profesional de la Policía Nacional del Perú, a fin de implementar la correcta recepción y trámite de denuncias de personas con discapacidad auditiva o con limitaciones para la expresión oral mediante la participación de intérpretes de lenguaje de señas peruana.
[...]
La
Policía Nacional del Perú coordina con el Programa Nacional
para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e
Integrantes del Grupo Familiar (Aurora), con la Dirección de Promoción y
Desarrollo de las Personas con Discapacidad que desarrolla el mecanismo de
protección y asistencia a la Persona con Discapacidad (Red Alivia Perú) del
Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis)
del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con el Ministerio
Público, con el Poder Judicial y otras instituciones públicas para
que se facilite intérpretes en lengua de señas peruana de manera inmediata para
la atención de denuncias de personas con discapacidad auditiva o con
limitaciones para la expresión oral”.
[...]
Considero, sin embargo, que la asignación de intérpretes debe asegurarse para todo el proceso en que participen las referidas personas.
Considero también debería establecerse que quienes intervengan en la impartición de justicia (jueces, fiscales, abogados), también deban tener formación en este lenguaje, para brindar una adecuada atención a las personas antes indicadas.
Aquí puede encontrarse el acceso a la referida ley:
https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2389754-3
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