Se publica hoy 17 de mayo de 2024 en el Diario Oficial El Peruano la ley Nº 32029, que modifica el artículo 80 del Código Penal peruano.
Con la modificación
introducida se contempla un nuevo supuesto en el cual el plazo ordinario de prescripción
se duplica: En el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, el cual se
encuentra tipificado en el artículo 149 del Código Penal.
Entonces, a partir de mañana
(fecha de entrada en vigencia de la modificación), los supuestos en los cuales
el plazo de prescripción se duplica serán:
-Delitos cometidos contra la Administración Pública
o el patrimonio del Estado, por funcionarios, servidores públicos o particulares.
(Art. 41 de la Constitución Política de 1993).
-Delito
de Omisión a la Asistencia Familiar (Art. 80 del Código Penal).
-Delitos
cometidos por personas como integrantes de organizaciones criminales (Art. 80
del Código Penal).
Aquí
puede encontrarse el enlace de acceso a la referida resolución:
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