Aquí puede encontrarse el auto emitido por el Tribunal Constitucional peruano que dispone la inmediata libertad del Ex presidente Alberto Fujimori.
En
la referida resolución, el TC reconoce que existe una obligación del Estado de
cumplir las decisiones emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos
en todo caso en que sea parte. Sin embargo, señala que queda fuera de la competencia
de la Corte ordenar a un Estado, en supervisión de cumplimiento de sentencia,
no ejecutar una sentencia de un tribunal nacional.
Según
el TC, la Corte, en todo caso, queda facultada para dejar constancia en una
resolución que se mantiene abierto el procedimiento de supervisión o, si fuera
el caso, informar a la OEA (F.27-28)
Aquí
puede encontrarse el referido auto:
https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2023/02010-2020-HC%20Reposicion.pdf
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