Ayer, en Edición Extraordinaria del Diario Oficial El Peruano, se ha publicado el Decreto Legislativo N° 1589, cuyo objetivo y finalidad, según se señala en su artículo 1, es garantizar la seguridad y la tranquilidad pública.
-Se
modifican los artículos 283 y 315 del Código Penal, que regulan los delitos de Entorpecimiento
al funcionamiento de los servicios públicos y Disturbios, respectivamente.
-Se
incorporan al Código Penal los artículos 283A y 315A, que tipifican dos nuevos
delitos: Colaboración al delito de Entorpecimiento al funcionamiento de los
servicios públicos y Colaboración al delito de disturbios, respectivamente.
Aquí
puede encontrarse el enlace de acceso al referido Decreto Legislativo:
https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2241404-1
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