En esta sentencia se declara fundado un recurso de Casación presentado contra la resolución de una Sala que revocó un auto de primera instancia (que impuso prisión preventiva), y sólo impuso comparecencia con restricciones a un procesado.
Se
considera que se ha vulnerado el derecho a la motivación de las resoluciones
judicial (Art. 139.5 de la C.P.1993), pues, en la resolución impugnada no se tuvo
en cuenta que se estaba ante un concurso real de delitos (en cuyo caso se suman
las penas), entre los delitos de resistencia a la autoridad agravada tipificado
en el artículo 365, concordante con el artículo 367, segundo párrafo numeral 3
(se agredió físicamente a un fiscal en el ejercicio de sus funciones) y el
delito de agresiones a integrantes del grupo familiar, tipificado en el
artículo 122 B del Código Penal (procesado había agredido a su conviviente).
Aquí
puede encontrarse el enlace de acceso a la referida resolución:
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