El 21 de julio de 2021 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley 26771 y la Ley 30057.
-Se modifica
el art. 1 de la Ley 26271, para ampliar como supuestos de nepotismo a la
contratación de los progenitores de los hijos. Se señala, que, para los efectos
de esta ley, el parentesco por afinidad se entiende también respecto al concubino,
conviviente y progenitor del hijo.
-Se modifica
el art. 83 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, para establecer que los
servidores civiles, están prohibidos de nombrar, además, de parientes dentro
del cuarto grado de consanguinidad, afinidad o matrimonio, a convivientes,
uniones de hecho y progenitores de hijos. Se establece, que, para los efectos de la presente ley, el
parentesco por afinidad se entiende también respecto del concubino, conviviente
y progenitor del hijo”
Aquí se puede encontrar la referida Ley:
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