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domingo, 28 de marzo de 2021

PUBLICAN DECRETO SUPREMO N° 58-2021-PCM, que prorroga el Estado de Emergencia Nacional por el COVID- 19. -

 -SE PRORROGA ESTADO DE EMERGENCIA: por 30 días a partir del 1 de abril de 2021.

-VARÍAN DEPARTAMENTOS Y PROVINCIAS RESPECTO A NIVEL DE ALERTA:

MODERADO: Ninguno.

ALTO: Lambayeque y Huánuco.

MUY ALTO:

Provincia Constitucional del Callao.

Departamentos de: Amazonas, Huancavelica, Pasco, Puno, San Martín, Tumbes, Apurímac, Arequipa, Ancash, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Ica, Junín, Lambayeque, La Libertad, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Tacna, Ucayali. (Excepto las provincias que a continuación se señalan que pasan a nivel de alerta extremo)

ALERTA EXTREMO:

Provincia de Huaylas, en el Departamento de Ancash.

-Provincia de Andahuaylas, en el Departamento de Apurímac.

-Provincias de Huamanga, en el Departamento de Ayacucho.

- Provincia de Cusco, en el Departamento del Cusco.

--Provincia de Ica, en el departamento de Ica.

-Provincias de Chupaca y Chanchamayo, en el Departamento de Junín.

-Provincia de Trujillo y Pacasmayo, en el Departamento de La Libertad.

-Provincia de Barranca, Huaura y Huarochiri, en el departamento de Lima.

Provincia de Alto Amazonas, en el departamento de Loreto.

Provincia de Tambopata, en el Departamento de Madre de Dios.

Provincia de Piura, en el departamento de Piura.

Provincia de Puno, en el departamento de Puno.

Provincia de Moyobamba, en el departamento de San Martín.

Provincia de Tumbes, en el departamento de Tumbes.

Provincia de Coronel Portillo, en el departamento de Ucayali.

-INMOVILIZACION SOCIAL OBLIGATORIA: Del 29 de marzo al 11 de abril de 2021, según el Nivel de Alerta por Departamento, conforme al siguiente detalle:

Nivel de alerta moderado: desde las 23:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente (lunes a domingo).

Nivel de alerta alto: desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente (lunes a domingo).

Nivel de alerta muy alto: desde las 21:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente (lunes a domingo).

Nivel de alerta extremo: desde las 21.00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, de lunes a sábado, y el domingo todo el día.

 

-PROHIBICION DE VEHÍCULOS PARTICULARES: Desde el 29 de marzo hasta el 11 de abril de 2021, los días domingos, en los lugares declarados en alerta alta, muy alta y de alerta extrema.

 

-SUSPENSIÓN DE INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL: del 29 de marzo de 2021 al 11 de abril de 2021, de extranjeros residentes no residentes de procedencia de Reino Unido, Sudáfrica y Brasil, o que hayan realizada escalas en dichos lugares en los últimos 14 días calendario.

 

-Se establecen disposiciones respecto a aforos y actividades económicas.

 

-RESTRICCIONES FOCALIZADAS POR SEMANA SANTA:

 

Se establece inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios, a nivel nacional, durante todo el día, desde el 01 hasta el 04 de abril de 2021. Se prohíbe el uso de vehículos particulares. Las personas pueden trasladarse a pie o en bicicleta para la adquisición de productos de primera necesidad, medicinas y recojo de alimentos en restaurantes.

 

Se señalan actividades que pueden realizarse en estos días:

-Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, mercados, supermercados, mercados itinerantes, bodegas, farmacias con servicio de delivery, desde las 4 hasta 18 horas.

 

-Servicios de farmacias y boticas para entrega a domicilio durante las 24 horas.

 

-Servicios de restaurante para entrega a domicilio desde las 4 hasta las 23.00 horas.

 

-Actividades vinculadas a la distribución de materiales educativos, realizadas por directivos, docentes, auxiliares, personal administrativo y contratistas.

 

-SE SUSPENDE SERVICIO DE TRANSPORTE INTERPROVINCIAL: de personas por vía terrestre ya aérea del 1 al 3 de abril de 2021.

 

-DÍA DE LAS ELECCIONES: 11 DE ABRIL DE 2021

 

Las personas podrán acudir a los locales de votación para ejercer su derecho de sufragio y participar como miembros de mesa. Deben mantener prácticas saludables (distanciamiento corporal, y cumpliendo los protocolos).

 

-ES OBLIGATORIO EL USO DE MASCARILLA PARA CIRCULAR POR LAS VÍAS DE USO PÚBLICO.

 

VIGENCIA DEL DECRETO: A partir del 29 de marzo de 2021.

 

Aquí puede encontrarse el referido Decreto:

 https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-prorroga-el-estado-de-emergencia-naciona-decreto-supremo-n-058-2021-pcm-1938954-2/

 

 

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