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domingo, 28 de abril de 2019

¿Cuándo la vía ordinaria es igualmente satisfactoria como la vía del proceso constitucional de amparo? (Expediente 135-2019-PA/TC)


¿Cuándo la vía ordinaria es igualmente satisfactoria al proceso constitucional de amparo?

El Tribunal Constitucional peruano, en sentencia interlocutoria  emitida recientemente en el Expediente 135-2019-PA/TC, basándose en el fundamento 15 de la sentencia del Expediente 02383-2013-PA/TC (precedente vinculante), señala que “la vía ordinaria será "igualmente satisfactoria" como la vía del proceso constitucional de amparo si en un caso concreto se demuestra, de manera copulativa, el cumplimiento de los siguientes elementos: i) Que la estructura del proceso es idónea para la tutela del derecho; ii) Que la resolución que se fuera a emitir pueda brindar tutela adecuada; iii) Que no existe riesgo de que se produzca irreparabilidad; y iv) Que no existe necesidad de una tutela urgente derivada de la relevancia del derecho o de la gravedad de las consecuencias”(Fundamento 3)

Aquí se puede encontrar la referida sentencia:

sábado, 27 de abril de 2019

Tribunal Constitucional declara fundada demanda de hàbeas corpus de Abencia Meza, por considerar que la sentencia con la cual se le condenó afectó el derecho a la debida motivación de resoluciones judiciales

El Tribunal Constitucional peruano, en sentencia emitida en el Expediente Nro. (485-2016-PHC/TC), ha declarado fundada la demanda de hàbeas corpus interpuesta a favor de Abencia Meza Luna, al considerar que la sentencia condenatoria emitida en su contra afectó el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales, debido a que “los principales indicios que se utilizaron para condenarla (supuestas llamadas telefónicas, amenazas de muerte a Alicia Delgado y el móvil pasional de Abencia Meza, para corroborar el dicho de Mamanchura), no son necesariamente indicadores causales del hecho delictivo que se pretende probar, esto es, que la favorecida convenció a Pedro Mamanchura de matar a Alicia Delgado”, considerándose, que “no se observa que la conexión entre hecho indiciarios y hecho indiciado estén debidamente fundamentados” (fundamento 32)
Por otro lado, en la sentencia se desestima que se haya vulnerado el derecho de defensa y el principio acusatorio, al considerarse que si bien el órgano jurisdiccional condenó por un título de imputación diferente al postulado por la Fiscalía (se condenó a Abencia Meza como instigadora de homicidio calificado y no como autora mediata como postuló la Fiscalía), “los hechos criminosos fueron los mismos, la condena no se dio con base a elementos no discutidos en el proceso, y el bien jurídico tutelado (la vida, el cuerpo y la salud), que fue materia de acusación, no ha sido variado al momento de sentenciar” (Fundamento 8)
Aquí se puede encontrar el íntegro de la referida resolución:

Publican temas seleccionados para el debate del XI Pleno Jurisdiccional Supremo en materia penal.

Se publicó ayer en la web del Poder Judicial los temas seleccionados para el debate del XI Pleno Jurisdiccional Supremo en materia penal.
Se ha establecido como plazo de presentación de ponencias sobre los referidos temas hasta el 15 de mayo del presente año.
Aquí se puede encontrar los 8 temas:
https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/8137c58049aa5f73a7c3ff742402ff6f/XI-PLENO-JURISDICCONAL-SUPREMO-EN-MATERIA-PENAL-FINAL.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=8137c58049aa5f73a7c3ff742402ff6f&fbclid=IwAR0TVuyVY6fRwzPq8YXHuHQM3YUSJ66Q2Tq-5r2vfPmBlpEEF5ZNMcaQqAI

asación 1450-2017/Huánuco: el Juez de investigación preparatoria no puede devolver la acusación fiscal, para que se adecúe un tipo penal, por considerar que la calificación jurídica no corresponde a los hechos planteados.


En la Casación 1450-2017/Huánuco, emitida recientemente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, se señala, que, el Juez de investigación preparatoria no puede devolver la acusación fiscal, para que se adecúe un tipo penal, por considerar que la calificación jurídica no corresponde a los hechos planteados.
Según la Corte Suprema, hacer esto genera una nulidad absoluta, por vulneración del debido proceso (principio acusatorio y derecho de eficacia de la serie procedimental)
Aquí puede encontrarse la referida resolución:

miércoles, 24 de abril de 2019

Publican en el Diario Oficial El Peruano la Ley 30937, que modifica la Ley Nro. 27972, Ley Orgànica de Municipalidades, en lo concernientes a las Municipalidades de Centros Poblados.


Hoy 24 de abril de 2019, se publica en el Diario Oficial El Peruano, la Ley 30937, que modifica la Ley Nro. 27972, Ley Orgànica de Municipalidades, en lo concernientes a las Municipalidades de Centros Poblados.
Aquí se puede encontrar la referida ley:


Publican Ley 30936: que regula y promueve el uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible.


Se publica hoy 24 de abril de 2019 en el Diario Oficial El Peruano, la Ley 30936, que regula y promueve el uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible.
Aquí se puede encontrar la referida ley:

Se publica Ley 30934, Ley de Transparencia y acceso a la información pública, respecto a la transparencia en el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Junta Nacional de Justicia, el Tribunal Constitucional y la Academia de la Magistratura, señalándose que entrará en vigencia a partir de los treinta días hábiles de su publicación.


Se publica hoy 24 de abril de 2019, en el Diario Oficial El Peruano, la ley 30934, Ley de Transparencia y acceso a la información pública, respecto a la transparencia en el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Junta Nacional de Justicia, el Tribunal Constitucional y la Academia de la Magistratura, señalándose que entrará en vigencia a partir de los treinta días hábiles de su publicación.
Aquí se puede encontrar la referida ley:

Se publica Ley 30933, Ley que regula el procedimiento especial de desalojo con intervención notarial.


Se publica hoy 24 de abril de 2019, en el Diario Oficial El Peruano, entre otras, las leyes siguientes:
-Ley 30933, denominada Ley que regula el procedimiento especial de desalojo con intervención notarial.
Aquí se puede encontrar la referida ley:

Decreto Supremo 082-2019-PCM: Extienden plazo hasta el 30 de abril de 2019, para presentaciòn de declaraciòn jurada de ingresos, bienes y rentas de autoridades regionales y municipales que asumieron el cargo el 1 de enero de 2019.


Se publicó ayer 23 de abril de 2019, en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo 082-2019-PCM, que incorpora una Tercera Disposiciòn Transitoria al Reglamento de la Ley 27482, establecièndose, que: "Excepcionalmente, las autoridades regionales y municipales, obligadas por Ley a presentar la declaración jurada de ingresos, bienes y rentas, que asumieron funciones a partir del 1 de enero de 2019, tienen plazo para su presentación hasta el 30 de abril de 2019, bajo responsabilidad”.
Aquí se puede encontrar el referido Decreto:


viernes, 19 de abril de 2019

Tribunal Constitucional declara fundada demanda de amparo al considerar que la sanción de inhabilitación perpetua para ocupar cargos directivos que se les impuso a integrantes de una asociaciòn, vulneró el derecho al debido proceso, en su manifestación del derecho a la defensa y en relación al principio de legalidad, al no estar acreditado que se les haya comunicado las imputaciones por las que fueron sancionados, (Ex. Nro.3039-2015-PA/TC,)


En sentencia emitida por el Tribunal Constitucional peruano, en el Expediente Nro.3039-2015-PA/TC, recientemente publicada en la web del referido organismo, se declara fundada una demanda de amparo interpuesta por integrantes de una asociación, al considerarse que la sanción de inhabilitación perpetua para ocupar cargos directivos que se les impuso, vulneró el derecho al debido proceso, en su manifestación del derecho a la defensa y en relación al principio de legalidad, al no estar acreditado que se les haya comunicado las imputaciones por las que fueron sancionados, así como que se les haya puesto de conocimiento que iban ser sometidos a procedimiento disciplinario.

Aquí se puede encontrar la referida resolución: