Se publica hoy 24 de junio de
2024 en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 32069, Ley General de
Contrataciones Públicas.
En su artículo 1 se señala que
el objeto de la Ley “es establecer el marco normativo para efectivizar la contratación
oportuna de bienes, servicios y obras, así como regular, en el marco del
Sistema Nacional de Abastecimiento, la participación de los actores
involucrados en el proceso de contratación pública”
Así mismo, se señala que su
finalidad “es maximizar el uso de los recursos públicos en las contrataciones
de bienes, servicios y obra por parte del Estado, en términos de eficacia,
eficiencia y economía, de tal manera que dichas contrataciones permitan el
cumplimiento oportuno de los fines públicos y mejoren las condiciones de vida
de los ciudadanos” (Art. 2).
Se deroga la Ley 30225, Ley de
Contrataciones del Estado (salvo su décima disposición complementaria final),
así como el Decreto Legislativo 1018 (que crea la Central de Compras públicas-Perú
compras), el segundo párrafo del Decreto Legislativo 1071, Decreto Legislativo
que norma el arbitraje.
En cuanto a
la vigencia, en la vigésima novena Disposición Complementaria Final se señala
que “La presente norma entra en vigor a los noventa días calendario contados a
partir del día siguiente a la publicación de su reglamento, excepto la décima
tercera, décima sexta, décima novena y vigésima octava disposiciones
complementarias finales, así como la única disposición complementaria modificatoria,
que entran en vigor a partir del día siguiente de la publicación de la presente
ley en el diario oficial El Peruano”
Aquí puede encontrar el enlace
de acceso a la referida Ley:
https://epdoc2.elperuano.pe/EpPo/VistaNLSE.asp?Referencias=MjMwMDM3My0xMjAyNDA2MjQ=
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