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jueves, 25 de enero de 2024

INCORPORAN UN DELITO MÁS AL CÓDIGO PENAL PERUANO: Ley N° 31982, que incorpora el delito denominado “Construcción o modificación ilegal de embarcación pesquera” (Art. 308 E del Código Penal)

 Ayer 24 de enero de 2024 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 31982, que incorpora un nuevo delito al Código Penal Peruano, denominado “Construcción o modificación ilegal de embarcación pesquera” (Art. 308 E del Código Penal).

En mérito a tal Ley, desde hoy comete delito quien “infringiendo las leyes o reglamentos, construye o hace construir una embarcación pesquera o modifica su capacidad de bodega, durante periodos de prohibición o sin contar con la autorización respectiva de la autoridad competente”.

También cometerá delito “el que, infringiendo las leyes o reglamentos, adquiere, custodia o transporta una embarcación pesquera, conociendo o pudiendo conocer que no cuenta con certificado válido o que ha sido construida o su capacidad de bodega ha sido modificada, durante periodos de prohibición o sin contar con la autorización respectiva”

Finalmente, incurrirá en delito quien promueve o facilita de las conductas antes indicadas, mediante el financiamiento o la provisión de materiales, equipos o maquinaria.

En todos los supuestos antes indicados, la pena será no menor de tres ni mayor de cinco años y con 180 a 360 días multa.

 Aquí puede encontrarse el enlace de acceso a la referida Ley:

https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2255394-1

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