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martes, 2 de enero de 2024

Apelación N° 40-2023: Corte Suprema declara infundada apelación presentada por condenado por delito de cohecho pasivo específico. Se desarrollan temas referidos a declaración de coacusado, prueba indiciaria.

 En la página web del Poder Judicial aparece publicada una resolución emitida por la Corte Suprema de Justicia de la República en un Recurso de apelación presentado en el proceso denominado Apelación N° 40-2023-Cusco.

En el caso se condenó a un Juez por delito de cohecho pasivo específico (Art. 395 del Código Penal), al considerarse acreditado que por intermedio de una persona solicitó dinero a una litigante para favorecerla con una sentencia en un proceso que conocía en su condición de Juez de Familia.

El procesado cuestionó la sentencia vía recurso de apelación.

La Corte Suprema desarrolla los elementos del delito de cohecho pasivo específico (Art. 395 del Código Penal). Así mismo, para resolver el caso cita una Sentencia del Tribunal Constitucional español, del 24 de marzo de 1994, en la cual se señala que “el juez sentenciador puede fundar su convicción en declaraciones anteriores proporcionadas en el juicio oral, en tanto en cuanto se cumplan dos requisitos de carácter formal: 1)Que éstas se hayan prestado sin violación de garantía alguna, con observancia de las normas del procedimiento que las rigen; y 2)Que el testimonio se incorpore al plenario mediante el interrogatorio respectivo  -sólo se requiere una consideración genérica al testimonio anterior, no en sus detalles específicos- de suerte que se incorpore al debate del plenario de modo que las partes hayan tenido oportunidad de interrogar sobre estos extremos” (F.5).

Así mismo se analiza la imputación de un coacusado teniendo en consideración lo señalado en el Acuerdo Plenario 2-2005/CJ-116. También se hace mención a la prueba indiciaria, concluyéndose que la responsabilidad penal del procesado está acreditada y que la sentencia condenatoria de primera instancia está debidamente motivada.

Se declara infundado el recurso de apelación:

https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/c8c0ec804e064f758fe8bfbd73eeae1c/Apelacion+40-2023++Cusco.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=c8c0ec804e064f758fe8bfbd73eeae1c

 

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