El 04 de enero de 2024 se ha publicado en la página web del Tribunal Constitucional peruano un auto emitido en el Expediente N° 3955-2023-PHT/TC, mediante la cual se declara fundado un recurso de apelación por salto a favor de la ejecución de una sentencia emitida en el Expediente N° 3691-2021-PHC/TC.
En el caso se verifica que el TC declaró
fundada una demanda de habeas corpus, pues, en unas resoluciones que establecieron
la medida coercitiva de detención domiciliaria del recurrente no se había señalado
la fecha de culminación de la misma (no se estableció plazo), por lo que fueron
declaradas nulas.
Ante el ello, el Juzgado competente expidió
una nueva resolución, en la cual sólo precisaba la fecha de inicio y término de
la medida de detención domiciliaria, considerando que con ello se daba por
cumplida la sentencia del TC.
Contra esta decisión el recurrente
presentó una apelación por salto a favor de la ejecución de una sentencia del
TC, pues, consideró que el órgano jurisdiccional no había cumplido con lo resuelto
por el referido órgano constitucional, que había declarado nulas las
resoluciones que establecieron la medida de detención domiciliaria, por lo que correspondía
emitir una nueva resolución haciendo un análisis sobre la procedencia o no de la
medida, en base a las circunstancias vigentes y no tan solo precisar la fecha
de inicio y de culminación de la misma.
El TC acoge los fundamentos del
recurrente, y declara fundada la apelación por salto, disponiendo que el Juzgado
competente emita la resolución correspondiente en el plazo de 10 días hábiles
de notificada la sentencia.
Aquí puede encontrarse el enlace de acceso
de la referida resolución:
https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2024/03955-2023-HC%20Resolucion.pdf
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