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domingo, 18 de diciembre de 2022

FUNDADO AMPARO POR EXIGIR PAGO DE TASA PARA IMPUGNAR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA (Expediente Nº 1246-2020-PA/TV

 En sentencia del Tribunal Constitucional peruano emitida en el Expediente Nº 1246-2020-PA/TC, publicada en su web el 07/12/2022, se declara fundada una demanda de amparo presentada contra una Municipalidad, al haberse negado a tramitar las impugnaciones presentadas por un ciudadano contra resoluciones de sanción administrativa (por haber estado presuntamente transitando en su vehículo sin el uso del cinturón de seguridad), invocando la falta de pago de la tasa por derecho de trámite.

El TC cita el precedente establecido en el fundamento 50 del Expediente Nº 3741-2004-AA/TC, según el cual: “Todo cobro que se haya establecido al interior de un procedimiento administrativo, como condición o requisito previo a la impugnación de un acto de la propia administración pública, es contrario a los derechos constitucionales al debido proceso, de petición y de acceso a la tutela jurisdiccional y, por tanto, las normas que lo autorizan son nulas y no pueden exigirse a partir de la publicación de la presente sentencia”.

En el caso el TC constata que la Municipalidad demandada en su TUPA había establecido como requisito para apelar cualquier sanción administrativa el pago de una tasa de S/12.60, por concepto de “derecho de apelación” y otra tasa de S/9.90, por derecho de trámite administrativo, concluyendo que “las mismas resultan vulneratorias de los derechos al debido procedimiento, de petición y de defensa” (F.9).

Se declara fundada la demanda de amparo y se dispone que la Municipalidad admita a trámite los medios impugnatorios presentados por el recurrente contra las resoluciones administrativas que le impusieron multa, sin exigirle previamente el pago de una tasa por concepto de impugnación.

Aquí puede encontrarse la referida resolución:

https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2022/01246-2020-AA.pdf

 

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