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sábado, 19 de noviembre de 2022

Corte Suprema declara infundado un recurso de Casación contra sentencia condenatoria en un caso en el cual se alegaba que declaración de agraviada en Cámara Gesell se había realizado sin que se haya notificado a procesado y a su abogado defensor, por lo que no participó en la misma (Casaciòn 212-2021-Cusco)

 En sentencia emitida por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, en la Casación Nº 212-2021-Cusco, recién publicada en su página web, se declara infundado un recurso de Casación, en un caso en el cual el procesado alegaba se había vulnerado su derecho a la defensa. al haberse admitido y valorado para condenarlo a 12 años de pena privativa de libertad, la declaración brindada por una menor como entrevista única en Cámara Gesell (en un caso de violación sexual), a pesar de que no se habría notificado al abogado del imputado, por lo que no participó en la misma.

La Corte Suprema declara infundado el recurso de Casación, al considerar que “la actuación de la declaración de la menor agraviada en Cámara Gesell fue ampliamente debatida en el contradictorio, en presencia de los actores procesales y en especial de la defensa del recurrente, cumpliéndose en cuanto a la incriminación con los criterios de verosimilitud, persistencia y ausencia de incredibilidad subjetiva, previstos en el Acuerdo Plenario 2-2005/CJ-116, y que en razón de ello el juzgador determinó la responsabilidad penal y enervó el principio de presunción de inocencia del recurrente” (F.5).

Aquí puede encontrarse el enlace para acceder a la resolución:

https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/ServletDescarga?uuid=76aca6d1-1ad0-404c-bff4-ce2e2b9f99ba

 

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