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jueves, 8 de septiembre de 2022

SE DECLARA NULA SENTENCIA CONDENATORIA PORQUE A PESAR DE QUE EN ENCABEZAMIENTO DE ACTAS SE HACE MENCIÓN A QUE ESTUVO PRESENTE UN DEFENSOR PÚBLICO, NO ESTABAN SUSCRITAS POR ESTE (Recurso de Nulidad Nº 1418-2021-Callao)

 En sentencia emitida por la Corte Suprema de Justicia de la República se anula sentencia condenatoria de 12 años de privación de la libertad impuesta a procesado.

En el caso se condenò a una persona por el delito de robo agravado, basándose en la declaración del agraviado brindada en sede policial (no asistió a juicio oral), asì como en un acta de reconocimiento y diligencia de visualizaciòn de usb. En estas últimas a pesar de que en el encabezamiento se señalaba que se encontró presente un defensor público, no habían sido suscritas por el mismo.

La Corte Suprema señala que esta irregularidad pone en tela de juicio el respeto del derecho a la defensa, asì como tambièn existen defectos de motivaciòn al haberse valorado dichas actas para condenar al recurrente (F. 5.6 y 5.7).

Se declara nula la sentencia condenatoria y se dispone se realice nuevo juicio oral por otro colegiado.

Aquí puede encontrarse la referida sentencia:

file:///C:/Users/USUARIO/Downloads/Resolucion_10_20220810164745000013414.pdf

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