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sábado, 2 de junio de 2018

Tribunal constitucional declara como estado de cosas inconstitucional, la ausencia de una efectiva vigencia del derecho a que el Estado se comunique oficialmente también en lenguas originarias, en las zonas del país donde ellas son predominantes

El Tribunal constitucional peruano, el 24 de mayo, ha publicado en su página web la sentencia emitida en el Expediente 889-2017-AA, mediante la cual, entre otras decisiones, declara como un estado de cosas inconstitucional, la ausencia de una efectiva vigencia del derecho a que el Estado se comunique oficialmente también en lenguas originarias, en las zonas del país donde ellas son predominantes, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 de la CP1993, la Ley de Lenguas, su reglamento y la Polìtica Nacional de Lenguas Originarias, tradición oral e interculturalidad.
El TC incluso ha publicado algunos extractos de la referida sentencia en quechua.





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