El Tribunal constitucional peruano, el 24 de mayo, ha publicado en su página web la sentencia emitida en el Expediente 889-2017-AA, mediante la cual, entre otras decisiones, declara como un estado de cosas inconstitucional, la ausencia de una efectiva vigencia del derecho a que el Estado se comunique oficialmente también en lenguas originarias, en las zonas del país donde ellas son predominantes, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 de la CP1993, la Ley de Lenguas, su reglamento y la Polìtica Nacional de Lenguas Originarias, tradición oral e interculturalidad.
El TC incluso ha publicado algunos extractos de la referida sentencia en quechua.
El TC incluso ha publicado algunos extractos de la referida sentencia en quechua.
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