Buscar este blog

Translate

lunes, 25 de junio de 2018

¿Se puede incorporar a una persona jurídica al proceso penal si es que la imputaciòn formal no se ha hecho en la Disposiciòn de Formalizaciòn de la Investigación Preparatoria, sino en el requerimiento de incorporaciòn?

En esta resolución emitida por la Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional (Exp. 16-2017-79), se señala que para que una persona jurídica pueda ser incorporada en un proceso penal, la imputación que se le atribuya debe estar delimitada en la Disposición Fiscal de Formalización de la Investigación Preparatoria (formulada inicialmente o ampliada con posterioridad), en tanto que su condición procesal es equiparable a la de un imputado, no pudiendo estar contenida en un requerimiento o solicitud.

No hay comentarios: