Se ha publicado hoy 18 de junio de 2018, en el Diario Oficial El Peruano la Ley 30793, que prohíbe toda publicidad (debería entenderse del Estado, aunque no se señala textualmente en el artículo 3, lo cual es una deficiencia), en medios privados, bajo responsabilidad.
Se señala en la referida ley que "no se considera como tal el trabajo periodístico tales como reportajes, entrevistas, conferencias de prensa y similares, las que se pueden desarrollar libremente sin que suponga pago alguno al medio de comunicación. LA INFRACCIÓN A ESTE PRECEPTO SERÁ CONSIDERADO COMO DELITO DE MALVERSACIÓN"
¿Qué opinión se puede dar respecto a esta ley? ¿Es constitucional o no? ¿Cómo se trabajaría el test de proporcionalidad?
Aquí se puede encontrar la referida ley para su revisión y comentarios:
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