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viernes, 17 de julio de 2020

Se publican Resoluciones del CEPJ sobre casillas electrònicas, Protocolo sobre medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del PJ, sobre adhesión a la actualización de las Reglas de Brasilia respecto a acceso a la justicia de personas en condiciones de vulnerabilidad.


Se publica hoy 17/07/2020 en el Diario Oficial El Peruano las siguientes resoluciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial
 
-RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000189-2020-CE-PJ
 
Crean el Registro de Casillas Electrónicas Institucionales para fines de Emplazamientos Judiciales o
Citación con la Demanda (RECEI)

-RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000191-2020-CE-PJ

Prorrogan vigencia de Protocolo sobre “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio”

-RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 002-2020-CE-PJ

Aprueban adhesión a la actualización de las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condiciones de Vulnerabilidad con excepción de la Regla N° 4, que establece como una causa de vulnerabilidad la orientación sexual e identidad de género

-RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 011-2020-CE-PJ
 
Establecen precisiones respecto a las Reglas 3 y 4 de la actualización de las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condiciones de Vulnerabilidad


Publican Resolución 802-2020-FN, que deja sin efecto el Plan para la vigilancia prevención y control del COVID-19 en el trabajo y disponen que el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio Público formule modificatorias.


Se publica hoy 17/07/2020 en el Diario Oficial El Peruano la Resolución 802-2020-FN, que deja sin efecto el Plan para la vigilancia prevención y control del COVID-19 en el trabajo y disponen que el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio Público formule modificatorias.
Aquí se puede encontrar la referida resolución:

jueves, 16 de julio de 2020

Para determinar si una resolución de revocación de la suspensión de la ejecución de la pena se dio dentro del periodo de prueba ¿Se toma en cuenta la fecha de emisión de la resolución de revocatoria de primera instancia o de la resolución de segunda instancia que la confirma? TC: Expediente 146-2018-PHC/TC.


Se publicó el 13/07/2020 en la web del Tribunal Constitucional peruano la sentencia emitida en el Expediente Nº 146-2018-PHC/TC, en la cual se señala, que, para efectos de la revocación de la suspensión de la ejecución de la pena dentro del periodo de prueba, debe tomarse en cuenta la fecha de emisión de la resolución de revocatoria de primera instancia, mas no la fecha de la resolución de segunda instancia que la confirma.
Según el TC, “la revocatoria de la suspensión de la pena se dio dentro del periodo de la suspensión de la pena (1 de julio de 2015) y si bien su decisión fue impugnada vía el recurso de apelación a efectos de su revisión por parte de la Sala superior emplazada, ello no implica que la fecha de la revocatoria se sustituya por la fecha en la que la decisión apelada adquirió firmeza, como equivocadamente entiende el demandante. Por consiguiente, el cuestionamiento de la demanda, relacionado con la supuesta vulneración del derecho al debido proceso con ocasión de la emisión de la Resolución 4, de fecha 28 de octubre de 2015, por parte de la Sala superior emplazada, debe ser declarado es infundado. (Fundamento 16).
Aquí se puede encontrar la referida resolución:

miércoles, 15 de julio de 2020

PUBLICAN RESOLUCIONES DEL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL QUE DESTITUYE A JUECES DE PAZ POR DIFERENTES FALTAS.


El 12/07/2020 se publicó en el Diario Oficial El Peruano tres resoluciones del CEPJ mediante las cuales se destituye a Jueces de Paz:
-Investigación 85-2013-Madre de Dios: Destituyen a Juez de Paz, por haber juramentado como regidor electo ante el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Tambopata, Oswaldo Rosales Cajaquiri

-Investigación 2217-2014-Arequipa: Destituyen a Juez de Paz por haber entregado expediente más de tres años después de haber cesado en el cargo.
-Investigación 90-2014-Huànuco: Destituyen a Juez de Paz por haber realizado proselitismo político y haber postulado al cargo de alcalde de un distrito.

PUBLICAN DECRETO SUPREMO QUE REGULA USO Y DEVOLUCIÓN DE VEHÍCULOS POR PERSONAL POLICIAL Y MILITAR: DECRETO SUPREMO 007-2020-DE


Se publica hoy 15/07/2020 en El Peruano, el Decreto Supremo 007-2020-DE, que aprueba condiciones, reglas, procedimientos para la aplicación de la Décimo Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1132.
En Anexo que forma parte del referido Decreto se regulan temas referentes a la asignación de vehículos para el uso de los Oficiales Generales, Almirantes, Coroneles y Capitanes de Navío en situación militar o policial de actividad. Así mismo, se regula aspectos referidos al ejercicio del derecho de adquisición de los referidos vehículos, por parte de los funcionarios antes indicados, que pasen a la situación militar o policial de retiro o que se encuentren en la situación militar o policial de retiro.

Se dispone que los vehículos que se encuentran bajo la tenencia de los Oficiales en situación militar o policial de retiro deben ser devueltos a las F.A. o P.N.P, dentro de los 7 días calendario siguientes a la publicación de la presente norma.

Se deroga el D.S. Nº 035-77-IN, Reglamento de Política General sobre Automóviles para Uso del Personal de las Fuerzas Policiales.

Aquí se puede ubicar el referido Decreto:


martes, 14 de julio de 2020

Publican Ley 31029: Faculta a cooperativas la realización de sesiones no presenciales de Asamblea General, Consejos y Comités.


Publican Ley 31029: Faculta a cooperativas la realización de sesiones no presenciales de Asamblea General, Consejos y Comités.

Se publica hoy 14/07/2020 en El Peruano, la Ley Nº 31029, que faculta a las organizaciones cooperativas (constituidas al amparo del Decreto Supremo 074-90-TR, T.U.O del Decreto Legislativo 085, Ley General de Cooperativas), la realización de asambleas generales no presenciales o virtuales, a través del uso de medios tecnológicos o telemáticos y de comunicaciones, que permitan la participación, la comunicación, el ejercicio del voto y garanticen la autenticidad de los acuerdos que se adopten.

Similar disposición se establece para las sesiones de consejos y comités de las referidas organizaciones cooperativas.

Se autoriza de manera excepcional el uso de esta modalidad hasta el 30/05/2020, incluso cuando los estatutos de dichas organizaciones cooperativas solo reconozcan la posibilidad de convocar y celebrar sesiones presenciales.

Aquì se puede encontrar la referida Ley:



Ley 31028: PUBLICAN LEY 31028 QUE MODIFICA LEY 28094, LEY DE ORGANIZACIÓNES POLÍTICAS, RESPECTO A ELECCIONES PRIMARIAS EN ELECCIONES GENERALES DEL 2021.



Se publica hoy 14/07/2020 en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 31028, que adiciona una Cuarta Disposición Transitoria a la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, con el texto siguiente: Las disposiciones establecidas en la presente ley relativas a las elecciones primarias no son de aplicación para las Elecciones Generales del año 2021, debiendo reactivarse su vigencia a partir de las elecciones regionales y municipales 2022”.

Así mismo, se dispone la derogación de la primera disposición complementaria transitoria de la Ley 30998, Ley por la que se modifica la Ley 28094, que establecía que Los candidatos a elecciones primarias, para las Elecciones Generales del año 2021, deben tener, al menos, seis (6) meses de afiliación a la organización política con anterioridad a la fecha de realización de las elecciones primarias”

Aquì se puede encontrar la referida Ley:


viernes, 3 de julio de 2020

Establecen medidas extraordinarias y complementarias para la compensación de horas de licencia con goce de haber otorgadas en el marco de la Emergencia Sanitaria ocasionada por el COVID 19 en el sector Público: Decreto de Urgencia 078-2020


Se publicó ayer 02/07/2020 en el Diario Oficial El Peruano el Decreto de Urgencia 078-2020, que establece medidas extraordinarias y complementarias para la compensación de horas de licencia con goce de haber otorgadas en el marco de la Emergencia Sanitaria ocasionada por el COVID 19 en el sector Público.

Aquí se puede encontrar el referido Decreto:


Dispones se otorgue subsidio en valor monetario o en especie a los prestadores del servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial: Decreto Supremo 79-2020.


Se publicó ayer en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo 79-2020 que regula el otorgamiento de un subsidio económico en valor monetario o en especie a los prestadores del servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial.

Aquí se puede encontrar el referido Decreto Supremo:



Modifican fecha de entrada en vigencia del Código Procesal Penal de 2004, en los Distritos Judiciales de Lima Sur y Centro: Decreto Supremo 007-2020-JUS.


Se publica hoy en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo 007-2020-JUS, que modifica el calendario oficial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal de 2004.

Se establece que la fecha de entrada en vigencia del referido Código en los Distritos Judiciales de Lima Sur y Lima Centro será el 1 de diciembre de 2020.

Aquí se puede encontrar el referido Decreto: