Se publica hoy 14/07/2020 en el Diario
Oficial El Peruano la Ley Nº 31028, que adiciona una Cuarta Disposición Transitoria
a la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, con el texto siguiente: “Las disposiciones
establecidas en la presente ley relativas a las elecciones primarias no son de
aplicación para las Elecciones Generales del año 2021, debiendo reactivarse su
vigencia a partir de las elecciones regionales y municipales 2022”.
Así mismo, se dispone la
derogación de la primera disposición complementaria transitoria de la Ley
30998, Ley por la que se modifica la Ley 28094, que establecía que “Los candidatos a elecciones primarias,
para las Elecciones Generales del año 2021, deben tener, al menos, seis (6)
meses de afiliación a la organización política con anterioridad a la fecha de
realización de las elecciones primarias”
Aquì se puede encontrar la referida Ley:
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