Publican
Ley 31029: Faculta a cooperativas la realización de sesiones no presenciales de
Asamblea General, Consejos y Comités.
Se publica hoy 14/07/2020 en El Peruano, la Ley Nº
31029, que faculta a las
organizaciones cooperativas (constituidas al amparo del Decreto Supremo
074-90-TR, T.U.O del Decreto Legislativo 085, Ley General de Cooperativas), la
realización de asambleas generales no presenciales o virtuales, a través del
uso de medios tecnológicos o telemáticos y de comunicaciones, que permitan la
participación, la comunicación, el ejercicio del voto y garanticen la
autenticidad de los acuerdos que se adopten.
Similar disposición se establece para las sesiones de consejos y comités
de las referidas organizaciones cooperativas.
Se autoriza de manera
excepcional el uso de esta modalidad hasta el 30/05/2020, incluso cuando los estatutos
de dichas organizaciones cooperativas solo reconozcan la posibilidad de
convocar y celebrar sesiones presenciales.
Aquì se puede encontrar la
referida Ley:
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