En una interesante sentencia emitida por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República en la Casación 2497-2021-Madre de Dios, recientemente publicada en la web del Poder Judicial del Perú, se trata el tema referido a si se puede condenar a un procesado por el delito de violación sexual, si es que no se cuenta con la declaración de la víctima.
En el caso se imputó a un procesado
haber violado sexualmente a una mujer mayor de edad, la cual lo denunció, pero,
luego no asistió a juicio oral a brindar su declaración. Tampoco se pudo oralizar
su declaración brindada en investigación por no haberse llevado con las garantías
establecidas en la norma procesal.
En primera y segunda instancia el procesado
fue condenado, por lo que presentó recurso de casación.
La Corte Suprema declara infundado el
recurso de Casación, al considerar que “si bien la víctima no declaró en el
proceso, por las circunstancias propias del caso -amenaza e intimidación
acreditadas- se valoró prueba adicional suficiente y de entidad que, en el
marco de la sana crítica, permitió justificar el fallo de condena” (F.9)
Así mismo, el referido organismo
jurisdiccional señala que “no se puede hacer alusión a una falta de
persistencia en la incriminación si la inconcurrencia de la agraviada se debió
a factores externos ajenos a su voluntad” (F.17)
Considera, además, que “la sindicación
inicial de la agraviada, realizada a través del Acta de recepción de denuncia
verbal, se encuentra corroborada con el Certificado Médico Legal N° 001726-IS,
que indica que la agraviada fue periciada el cuatro de marzo de 2019 -al día
siguiente de producido el abuso sexual-, en esta documental se concluyó que
presentó desfloración himeneal antigua con presencia de lesiones traumáticas
recientes en genitales externos y presentó huellas de lesiones traumáticas
extragenitales y paragenitales recientes (…) a ello se agrega el resultado de
la Pericia Psicológica (…)cuya psicóloga presentó declaración en el Plenario
manifestando que la agraviada presentó indicadores de afectación psicológica
compatible con los hechos narrados de violencia sexual y recomienda la
intervención psicológica para la agraviada y apoyo familiar”
Aquí puede encontrarse el enlace de
acceso a la referida resolución:
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