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lunes, 11 de julio de 2022

El abuso del derecho como límite implícito al ejercicio del derecho de acceso a la información pública (Expediente Nº 3531-2021-PHD/TC)

 En interesante sentencia emitida por el Tribunal Constitucional peruano, en el Expediente Nº 3531-2021-PHD/TC, recientemente publicada en su web, se declara infundada una demanda de habeas data, al considerarse que “la actitud del demandante no constituye una forma legítima de ejercer su derecho de acceso a la informaciòn pública, sino que es un abuso del derecho, evidenciado en la multiplicidad de demandas del referido proceso constitucional, que fueron promovidos contra una misma entidad, con la misma finalidad, cuando pudo peticionar lo mismo de manera acumulada, accionar que se habría realizado con el único propósito de agenciarse de los beneficios económicos representados por los costos procesales que una eventual sentencia estimatoria podía generar en su favor por cada caso que es promovido”. (F. 3, 4 y 5) 

El TC considera que “además de los limites explícitos al derecho de acceso a la información pública que se regulan en la Constitución, también debe considerarse la existencia de límites implícitos, uno de los cuales está constituido por la cláusula de proscripción de abuso de derecho (Art. 103 de la Constituciòn” (F.7)

En el caso, además, se impone una multa de 30 URP al recurrente y a sus dos abogados.

Aquí puede encontrarse la referida sentencia:

https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2022/03531-2021-HD.pdf



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