A partir del 14 de julio de 2018, en aplicación de la ley 30819, entre otras modificaciones, será delito de lesiones graves (Art. 121 del C. Penal), si la lesión a la integridad corporal o salud física de una persona requiere veinte (ya no treinta) o más día de asistencia o descanso, según prescripción facultativa.
Así mismo, si la lesión culposa genera más de cinco días de incapacidad ya será delito. Antes se exigía supere los 15 días.
Para tener en cuenta.
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