En la Casación Nº 1331/2017/Cusco, la Corte Suprema de Justicia de la República , en el marco de un proceso por homicidio culposo, señala que si un Tribunal Superior omitió pronunciarse sobre los dosajes etílicos (que no acreditaban presencia de alcohol en la sangre del investigado) y se basó (para condenar) en prueba testimonial según la cual el imputado estaba embriagado al momento de conducir y producirse el accidente de tránsito, se incurre en un supuesto de motivación ilógica.
Aquí se puede encontrar la referida sentencia:
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