El 25 de noviembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 31495, que modifica el Código Civil, a fin de prohibir el matrimonio de personas menores de edad.
Se
modifican 42,41, 241, 243 y 248 e incorporan el artículo 46A y el inciso 10 del
artículo 274 del Código Civil peruano.
En
el artículo 46A incorporado se señala que: “La incapacidad de las mayores de 16
años cesa por obtener título oficial que les autorice ejercer profesión u oficio.
No se aplica para contraer matrimonio”.
Así
mismo se establece que “No pueden contraer matrimonio “las personas menores de
18 años de edad” (Art. 241). Y “es nulo el matrimonio “de los contrayentes menores
de 18 años” (Art. 274).
Aquí
puede encontrarse el enlace de acceso a la referida Ley:
https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2238699-3
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