Se publica hoy 14 de noviembre de 2023 en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 31932, que modifica la ley N° 28970, que crea el Registro de deudores alimentarios morosos, a fin de disponer la inscripción del deudor alimentario moroso a solicitud de parte.
Se incorpora el acápite 4.6 a la
referida ley, para establecerse que “en caso de haberse vencido el plazo de
tres días sin que órgano jurisdiccional competente haya ordenado la inscripción
en el Registro de Deudores Alimentarios morosos (REDAM), dicha inscripción se realizará
al día siguiente, a solicitud de parte interesada, adjuntando el mandato no tramitado
y copia certificada de la resolución judicial, consentida o ejecutoriada, que
declara a la parte demandada deudora alimentaria morosa”
Así mismo, se establece que recibida la
solicitud, se remitirá copia de la misma a la ODECMA, o la que haga sus veces,
para las acciones correspondientes, de acuerdo a sus competencias.
Aquí puede encontrarse el enlace de
acceso a la referida Ley:
https://diariooficial.elperuano.pe/Normas/VisorPDF
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