Se ha publicado recientemente en la página web del Poder Judicial la sentencia emitida en la Revisión N° 241-2022-Lambayeque, en la cual la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú, se pronuncia sobre una demanda de revisión, presentada contra una condena por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, sustentada en una nueva prueba de ADN, que excluye la paternidad.
De la lectura de la sentencia se verifica
que:
-Una persona fue sentenciada a una pena
suspendida por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, que luego fue revocada
por una efectiva, al no cumplir las reglas de conducta.
-En un proceso civil de impugnación de
paternidad, se determinó mediante prueba de ADN, que el recurrente no era el padre
de la menor a favor de quien se había dispuesto judicialmente se le asigne
alimentos. Se dispuso se excluya el nombre y apellido del demandante del acta de
nacimiento. La sentencia quedó consentida.
-El recurrente presentó recurso de
revisión adjuntado como pruebas nuevas el informe pericial de ADN que concluye
que no es el padre de la menor y la copia certificada de la sentencia emitida
en el proceso civil de impugnación de paternidad.
-La Corte Suprema declara fundada la
demanda de revisión, resaltando que lo hace compartiendo criterios
anteriormente emitidos (Revisión de sentencia NCPP N° 224-2018-Ancash; Revisión
de sentencia N° 482-2019/Huancavelica), referidos a que para declarar fundada
una demanda de revisión en casos de condenas por el delito de Omisión a la
Asistencia Familiar, en mérito a una nueva prueba de ADN que excluye la
paternidad, esta debe haber tenido eficacia probatoria en la vía civil (F.9,
10 y 13).
-Se absuelve al recurrente.
Aquí puede encontrarse el enlace de
acceso a la referida resolución:
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