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viernes, 17 de agosto de 2018

Casación Nº 1394-2017/Puno y la valoraciòn de la declaraciòn del imputado

En la Casación Nº 1394-2017/Puno, de fecha 26 de julio de 2018, publicada en la web del Poder Judicial del Perú, la Corte Suprema de Justicia de la República se pronuncia sobre lo que se sumilla como “Examen en la apreciación de la prueba”
En el quinto fundamento de derecho, parte final, de la referida sentencia, se ocupa de la valoración de la declaración del imputado, así como sobre lo que debe entenderse por autoincriminación prohibida, del siguiente modo:
“El examen del imputado también es importante. No puede desconocerse la calidad de tal, cuando éste interviene en un momento del acto oral y aporta determinada versión o posición procesal, de modo, que, si en sus palabras finales pidió perdón por lo que hizo y admitió los hechos, tal declaración puede y debe ser examinada. La autoincriminación prohibida es la que se obtiene contra los derechos del imputado, no cuando voluntariamente, con el concurso de su abogado, expresa algo relevante respecto a los hechos de la causa”

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