Se publica hoy 08 de agosto de 2024 en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Legislativo Nº 1625, denominado “Decreto Legislativo que modifica los artículos 154 B y 158 del Código Penal e incorpora el artículo 5 A la Ley Nº 30096 (Ley de delitos informáticos), para fortalecer el marco normativo sobre el uso de las tecnologías digitales relacionado a la difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual”
1)Modificaciones al Código Penal:
1.1 Modificación al artículo 154
B del Código Penal (Delito de difusión de imágenes, materiales audiovisuales o
audios con contenido sexual).
-Se modifica el primero
párrafo del artículo 154 B del Código Penal el cual queda redactado así:
“El
que, sin autorización, difunde, revela, publica, cede o comercializa imágenes,
materiales audiovisuales, audios con contenido sexual reales, incluidos
aquellos que hayan sido elaborados o modificados por medios digitales o
tecnológicos, de cualquier persona, será reprimido con pena privativa
de libertad no menor de dos ni mayor de cinco años y con treinta a ciento
veinte días-multa”
Breve comentario:
Con la modificación se precisa que para la configuración
del tipo penal la difusión, revelación, publicación, cesión o comercialización
de imágenes, materiales audiovisuales, audios con contenido sexual deben ser reales,
pero, luego se dice, que también se incluye a aquellos que hayan sido
elaborados o modificados por medios digitales o tecnológicos.
Con la modificación se suprime la frase “que
obtuvo con su anuencia”, que formaba parte de la redacción del artículo 154
B del Código Penal inicial, lo cual considero positivo, pues, si se consideraba
delito la difusión, revelación, publicación, cesión o la comercialización de imágenes,
materiales audiovisuales, audios con contenido sexual obtenidas con anuencia
del agraviado, con mayor razón debería ser delito, cuando no se tenía su
anuencia. Con la anterior redacción ilógicamente parecía dejarse impune cuando
se presentaba esta última circunstancia.
-Se agrega un párrafo al artículo 154 B del
Código Penal para incluir las agravantes siguientes:
La pena privativa de libertad será no menor
de seis ni mayor de diez años y con veinte a trescientos sesenta y cinco
días-multa, cuando la víctima tenga menos de 18 años de edad.
La pena privativa de libertad será no menor
de diez ni mayor de quince años y con cincuenta a trescientos sesenta y cinco
días-multa, cuando la víctima tenga menos de 14 años de edad”
1.2 Modificación del
artículo 158 del Código Penal
-Se modifica
este artículo para incluir al artículo 154 B del Código Penal como delito en el
cual el ejercicio de la acción penal no será privada, sino pública.
2) Incorporación del artículo
5 A a la Ley Nº 30096, Ley de delitos informáticos
-Se incorpora el artículo 5 A a la ley Nº
30096, Ley de Delitos Informáticos, para incorporar un nuevo delito con el
nombre jurídico de “Chantaje sexual con materiales elaborados o modificados por
medios digitales o tecnológicos”
El nuevo delito ha sido redactado así:
“El que mediante el uso de tecnologías de
la información o comunicación, amenaza o intimida a una persona, con la
difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios elaborados o
modificados por medios digitales o tecnológicos, para obtener de ella una conducta
o acto de connotación sexual, será reprimido con pena privativa de la libertad
no menor de dos ni mayor de cuatro años e inhabilitación, según corresponda,
conforme a los incisos 5, 9, 10 y 11 del artículo 36 del Código Penal.
La pena privativa de libertad será no menor
de tres ni mayor de cinco años e inhabilitación, cuando concurra cualquiera de
las siguientes circunstancias:
1. La amenaza a la víctima se refiere a la
difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual en
los que esta aparece o participa.
2. Cuando la víctima mantenga o haya
mantenido una relación de pareja con el agente, son o han sido convivientes o
cónyuges.
3. Cuando la víctima es menor de 18 años de
edad.”
Aquí puede encontrarse el enlace de acceso
al referido Decreto Legislativo:
https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2313391-1
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