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miércoles, 27 de marzo de 2019

Casación 695-2018-Lambayeque: Corte suprema establece rol de la Corte Suprema relacionado al monto de la reparación civil impuesta en una sentencia, que fue objeto de casación en tal extremo.


En sentencia emitida por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República (Exp. Nro. 695-2018-Lambayeque), recientemente publicada en la web del Poder Judicial, se pronuncia respecto al rol de la Corte Suprema relacionado al monto de la reparación civil impuesta en una sentencia, que fue objeto de casación en tal extremo.

Así, se señala, que “tratándose del monto de la reparación civil, el rol de la Corte Suprema es controlar si los órganos de instancia fijaron las bases que fundamentan la cuantía y si estas son razonables…La rectificación de la cuantía corresponderá cuando i) Se rebase o exceda o tergiverse lo solicitado por las partes. ii) Se fijen defectuosamente las bases que la fundamentan. iii)Quede patente una evidente discordancia entre las bases estipuladas y la cantidad señalada como reparación civil, o iv) Se incurra en error notorio, arbitrariedad e irrazonable desproporción de la cuantía fijada (STSE 107/2017, de 21 de febrero)…La indemnización no puede fijarse vacía de datos o, en todo caso, omitir aspectos esenciales de la determinación, lo que ocasionaría la nulidad de la resolución inmotivada y que el Tribunal superior dicte una nueva resolución en que corrija aquella deficiencia (STSE 500/2005, de diecinueve de abril). Es posible, desde luego, que cuanto el cuántum indemnizatorio se verifique razonable, la ausencia de las bases respectivas no será motivo de rescisión la sentencia porque la subsanación no tendrá incidencia alguna en el fallo que se obtendría incólume (STSE 294/2012, de veintiséis de abril) (Fundamento de derecho sexto)

Aquí se puede encontrar la referida resolución:



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