Luis
Martín Lingán Cabrera
A continuación presento
algunos temas sobre los cuales puede escribirse durante el presente año:
1.- ¿Cuál es la diferencia
entre daño moral y psicológico?
2.- ¿Puede hablarse de un
delito de secuestro de un menor de dos meses de nacido?
3.- ¿Cuál es la diferencia
entre presunción de inocencia y el in dubio pro reo?
4.- ¿Cuáles son las semejanzas
y diferencias entre la prueba anticipada en derecho procesal civil y la prueba
anticipada en derecho procesal penal?
5.- ¿Debería establecerse
que el proceso de acción popular pueda ser revisado en última instancia por el
Tribunal Constitucional?
6.- ¿Debería establecerse
constitucionalmente que las lesiones al medio ambiente deban ser reprimibles
penalmente?
7.- ¿Al tercero civilmente
responsable también se lo tiene que citar para llevarse a cabo la Audiencia de
Terminación anticipada en un proceso penal?
8.- ¿Se puede pedir pago de
reparación civil en algún supuesto en el que se haya expedido sentencia
absolutoria o se haya sobreseído el caso?
9.- ¿Si se realizan
reuniones no violentas en un lugar en el que se ha declarado el Estado de
Emergencia restringiéndose el derecho de reunión ¿Se comete delito por solo
este hecho?
10.- ¿Para la configuración
del delito de Desobediencia a la autoridad es necesario que la orden se haya
emitido con expreso apercibimiento de que en caso de incumplimiento se
procederá a denunciarse penalmente ante el Ministerio Público?
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