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domingo, 11 de mayo de 2025

LEY Nº 32329: Crean registro de proveedores autorizados para fabricar y comercializar uniformes de la Policía Nacional del Perú e incorporan dos nuevos delitos al Código Penal (Art. 271 y 272A, respecto a la fabricación y comercialización clandestina de uniformes de la P.N.P o las Fuerzas Armadas)

 Ayer 10 de mayo de 2025, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 32329, Ley que autoriza la fabricación y comercialización de uniformes de la Policía Nacional del Perú a proveedores registrados.

 -Se crea el Registro de Proveedores Autorizados para fabricar y comercializar uniformes de la Policía Nacional del Perú, a cargo del Ministerio del Interior (MININTER).

 -Se establecen obligaciones, infracciones y sanciones aplicables a los referidos proveedores.

 -Se incluyen dos nuevos delitos en el Código Penal:

 Fabricación clandestina de uniformes de la Policía Nacional del Perú o de las Fuerzas Armadas

 Artículo 271-A. Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años, con el decomiso total, el que confecciona sin autorización uniformes de la Policía Nacional del Perú o de las Fuerzas Armadas”.

 Comercio clandestino de uniformes de la Policía Nacional del Perú o de las Fuerzas Armadas

 Artículo 272-A. Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años, con el decomiso total, el que:

 a) Distribuye o comercializa, sin autorización, uniformes de la Policía Nacional del Perú o de las Fuerzas Armadas.

b) Comercializa uniformes de la Policía Nacional del Perú o de las Fuerzas Armadas a personal policial o de la fuerza armada que no se encuentre debidamente identificado con el carné de identidad personal y la placa insignia correspondiente.

c) Vende el uniforme de la Policía Nacional del Perú o de las Fuerzas Armadas a personas ajenas a dichas instituciones”.

 Aquí puede encontrarse el enlace de acceso a la referida Ley:

 https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2398238-3

 

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