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martes, 3 de enero de 2023

Caso INTI SOTELO Y BRYAN PINTADO: ¿Sus muertes pueden ser catalogadas como un caso de violaciones graves de los derechos humanos? (Casación 528-2022-Nacional)

En sentencia emitida por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, en la Casación Nº 528-2022-Nacional, recientemente publicada en la web del Poder Judicial, se pronuncia respecto a la investigación seguida contra miembros de la Policía Nacional, por la muerte de los ciudadanos Inti Sotelo y Bryan Pintado, durante las protestas generadas a raíz de la declaración de la vacancia del Ex presidente Martin Vizcarra y la asunción de la Presidencia de la República del entonces Presidente del Congreso Manuel Merino.

En el caso, la Corte Suprema considera que “por la dimensión, víctimas, repercusión nacional y efectos se estaría ante un supuesto de violaciones graves a los derechos humanos que proscribe el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, como consecuencia de la actuación desproporcionada de los agentes policiales del Estado contra la población civil que ejercía un derecho constitucionalmente reconocido” (F.4.1).

Agrega la Corte Suprema que “Es de agregar que, por lo menos, existen tres elementos objetivos y comunes para calificar un hecho o bloque de hechos como grave violación de los derechos humanos: (i) actos que afectan directamente la vida, integridad o libertad de las víctimas; (ii) actos que requieren principalmente del uso del Derecho penal para lograr su resarcimiento individual y social; y, (iii) actos cuya prohibición ha adquirido carácter imperativo de jus cogens en el Derecho Internacional [LENGUA PARRA, ADRIÁN – OSTOLAZA SEMINARIO, VÍCTOR: Enemistad aparente: la tensión entre el concepto de grave violación de derechos humanos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos con el Derecho penal. En: Revista Derecho PUCP, 84, enero/junio 2020, Lima] (F.4.3)

Por tanto, la Cortes Suprema considera que la competencia para conocer este proceso corresponde a la Corte Superior Nacional de Justicia Especializada.

Aquí puede encontrarse la referida resolución:

https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/eba4528049c8212e887efc9026c349a4/cas+528-2022+SPN.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=eba4528049c8212e887efc9026c349a4

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