Luis Martín Lingán Cabrera
A continuación se presentan
otros cinco temas para investigar
:
1.-
¿Se ha regulado en el Código Procesal Penal de 2004 aspectos referidos a la prueba
trasladada? ¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir la prueba trasladada
para ser valorada en un proceso penal?
2.-
¿Debería establecerse en la parte considerativa de la Resolución de Reserva del
Fallo condenatorio, la pena objeto de reserva? ¿Cuáles serían los beneficios de
adoptar tal accionar?
3.-
¿Los informes resultado de una acción de control realizado por los organismos
que forman parte del Sistema Nacional de Control, tienen en realidad el valor
de prueba pre constituida, según el Código Procesal Penal del 2004?
4.-
¿Se debe tipificar como delito el denominado “terrorismo blanco”? Si alguien
comunica falsamente a la Policía que hay una bomba en un aeropuerto,
suspendiéndose como consecuencia de ello algunos vuelos, y desviándose el curso
de otros ¿Debería ser considerado como delito este accionar?
5.-
¿Debería modificarse la ley a fin de establecerse que si se revoca a alcaldes,
regidores o autoridades regionales, no se convocará a nuevas elecciones, sino que
asumirán los accesitarios por el periodo de gobierno que falte?
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