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miércoles, 8 de mayo de 2013

¿Se configura delito de receptación cuando el bien adquirido, guardado, escondido o vendido proviene de un acto infractor a la ley penal cometido por un adolescente?



Luis Martín Lingán Cabrera

Recientemente, por las redes sociales se daba cuenta de la existencia del Proyecto de ley N° 2156-2012, mediante el cual se plantea tipificar el delito de receptación cuando se adquiera, reciba en donación o en prenda, o se guarde, esconda, venda o ayude a negociar un bien que provenga de una falta, y no tan solo de un delito, como se contempla actualmente en el artículo 194 del Código Penal.

Seguramente la propuesta generará debate entre quienes están a favor en contra. Particularmente, considero que debería tipificarse como una falta de receptación –y no como un delito- cuando se realiza cualquiera de las conductas descritas en el primer párrafo de este artículo, cuando el bien provenga de una falta.

Y cuando el bien proviene de un acto infractor a la ley penal cometido por un adolescente –esto es no proviene de un delito- ¿Se configuraría el delito de Receptación?

Un adolescente comete un acto infractor a la ley penal de hurto de un camión con mercadería valorizada en S/30 000 mil nuevos soles, la cual es adquirida mediante compra por una persona a menor precio y sin documentos. ¿Esta última persona cometió delito de receptación? El tipo penal de receptación exige que el bien adquirido tenga procedencia delictuosa. Pero si proviene de un acto infractor a la ley penal y no de un delito ¿Se configuraría el tipo penal de receptación?

Si nos atenemos al principio de tipicidad no se cometería el delito de receptación en el supuesto antes indicado. 

Considero que en este caso sí sería pertinente que se modifique el tipo de penal de receptación, previsto en el artículo 194 del Código Penal, a fin de señalar que el delito de Receptación se configura cuando se adquiera, reciba en donación o en prenda, o se guarde, esconda, venda o ayude a negociar un bien conociendo o presumiento que provenía de un delito o de un acto infractor a la ley penal.

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