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lunes, 9 de marzo de 2009

Los 15 años de la Declaración de Chapultepec

Luis Martín Lingán Cabrera

Este 11 de marzo se cumplen 15 años de la adopción de la Declaración de Chapultepec, en México, por la Conferencia Hemisférica sobre Libertad de Expresión. En este importante documento se establece un decálogo de principios referidos a la libertad de expresión, derecho fundamental de las personas, sustento de un régimen democrático.

A continuación, por su especial transcendencia, recordamos los principios contenidos en esta Declaración, firmada por el Presidente Alan García, el 17 de mayo del 2007.

Se señala que la libertad de expresión no es una concesión de las autoridades, sino un derecho inalienable del pueblo. Toda persona tiene derecho a buscar y recibir información, expresar opiniones y divulgarlas libremente, derechos que no pueden ser restringidos o negados por nadie.

En el acápite 3 se manifiesta que las autoridades deben estar legalmente obligadas a poner a disposición de los ciudadanos, en forma oportuna y equitativa, la información generada por el sector público (acceso a la información pública)

Se asegura el derecho de los periodistas a no revelar sus fuentes de información y se prescribe que los actos intimidatorios al ejercicio de la libertad de prensa (asesinato, terrorismo, secuestro, presiones, intimidación, prisión injusta de los periodistas, destrucción material de los medios de comunicación, la violencia de cualquier tipo y la impunidad de los agresores) deben ser investigados con prontitud y sancionados con severidad.

Claramente se establece que la censura previa, así como las limitaciones al libre ejercicio y movilización de los periodistas, se oponen directamente a la libertad de prensa.

También, se señala que los periodistas y los medios de comunicación no deben ser objeto de discriminaciones o favores en razón de lo que escriban o digan, así como que las políticas arancelarias, el otorgamiento de frecuencias de radio y televisión y la concesión o supresión de publicidad estatal, no deben utilizarse para premiar o castigar a medios o periodistas.

Se establece la voluntariedad de la colegiatura de periodistas, su incorporación a asociaciones profesionales o gremiales y la afiliación de los medios de comunicación a cámaras empresariales.

Se establece que la credibilidad de la prensa está ligada al compromiso con la verdad, a la búsqueda de la precisión, imparcialidad y equidad, y a la clara diferenciación entre los mensajes periodísticos y comerciales. Estos fines y la observancia de valores éticos y profesionales no deben ser impuestos. Son de responsabilidad exclusiva de periodistas y medios.

Finalmente se establece que ningún medio de comunicación o periodista debe ser sancionado por difundir la verdad o formular críticas o denuncias contra el poder público.

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