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martes, 1 de febrero de 2022

PUBLICAN LEY N° 31399: Ley que fortalece el proceso de aprobación de leyes de reforma constitucional regulado en los artículos 40 y 44 de la Ley N° 26300, Ley de los Derechos de Participación y control ciudadanos.

 El 30 de enero de 2022 se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano la Ley N° 31399, mediante la cual se modifican los artículos 40 y 44 de la Ley N° 26300, Ley de los Derechos de Participación y control ciudadanos, los cuales quedan redactados del siguiente modo:

Artículo 40.- Improcedencia de referéndum

No pueden someterse a referéndum las materias y normas a que se refiere el segundo párrafo del artículo 32 de la Constitución, ni aquellas que no se tramiten según el procedimiento establecido en el primer párrafo del artículo 206 de la Constitución Política.

Artículo 44.- Autoridad que convoca a referéndum

La convocatoria a referéndum corresponde efectuarla a la autoridad electoral en plazo no mayor de cuatro meses después de acreditadas las respectivas iniciativas, salvo que se trate de una reforma constitucional, en cuyo caso es convocado por el presidente de la República, por disposición del Congreso, de conformidad con el procedimiento establecido en el primer párrafo del artículo 206 de la Constitución Política”.

Aquí puede encontrarse la referida Ley:

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/ley-que-fortalece-el-proceso-de-aprobacion-de-leyes-de-refor-ley-n-31399-2034828-1/




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