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domingo, 5 de mayo de 2019

Expediente 00204-2018-"9": e pronuncia respecto a una tutela de derechos planteada por un investigado, el cual solicitó que en su calidad de abogado hábil se le permita ejercer su autodefensa para interrogar directamente a los testigos, pedido que fue denegado por el Juez


En resolución emitida por el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria (Expediente 00204-2018-“9”) se pronuncia respecto a una tutela de derechos planteada por un investigado, el cual solicitó que en su calidad de abogado hábil se le permita ejercer su autodefensa para interrogar directamente a los testigos, pedido que fue denegado por el Juez.

Según el órgano jurisdiccional, si bien el investigado abogado tiene derecho a su autodefensa, al estar con prisión preventiva por considerarse la existencia de peligro procesal (peligro de obstaculización de la actividad probatoria), pues, podría influenciar en los testigos a los cuales ahora pretende interrogar, así como por la circunstancia de que al estar recluido en un Establecimiento Penitenciario no podría tener acceso a la carpeta fiscal para ejercer una defensa plena y dinámica, y por tener defensa técnica, se considera que la denegatoria del Juez para interrogar directamente a los testigos, no ha vulnerado su derecho a la autodefensa, declarándose infundada la tutela de derechos que presentó.

Aquí se puede encontrar la referida resolución:




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