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domingo, 14 de octubre de 2007

LA PENA DE MUERTE Y LA JURISDICCIÓN SUPRANACIONAL.

El presidente García, en los últimos días, ha reafirmado su interés en aplicar la pena de muerte a quienes cometan los delitos de violación sexual de menores de siete años de edad y de terrorismo.

Si bien la pena de muerte se aplica todavía en algunos países, no se ha demostrado que disminuya la comisión de los hechos delictivos que se pretenden erradicar con su implantación. Por otro lado, la posibilidad de condenar a muerte a personas inocentes, siempre está latente.

La reimplantación de la pena de muerte en el Perú, afectará las obligaciones internacionales a las que está sujeto nuestro país, pues ha ratificado la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, que si bien admite la referida pena para los delitos más graves, en el artículo 4 se prescribe que “no se extenderá su aplicación a delitos a los cuales no se la aplique actualmente” y “No se restablecerá la pena de muerte en los Estados que la han abolido”

Las disposiciones anteriormente citadas son las que impiden al Perú la extensión de la pena de muerte para los supuestos de violación sexual, pues, actualmente en el Perú, no existe ley que establezca la pena capital para este delito.

Las propuestas de modificación constitucional que pretenden ampliar la aplicación de la pena de muerte, plantean denunciar la Convención Americana de Derechos Humanos. De concretarse esta intención, una de las consecuencias sería que los peruanos veríamos afectada la posibilidad de acudir a la Comisión y Corte Interamericana de Derechos Humanos para la defensa de derechos vulnerados, y que no fueron cautelados y protegidos por la jurisdicción nacional.

La Comisión y Corte Interamericana tuvieron una participación decisiva en diferentes casos de vulneración de derechos, que no fueron protegidos en la jurisdicción interna del país, entre los cuales cabe destacar a los siguientes: Barrios Altos, Castillo Páez, Cesti Hurtado, Loayza Tamayo, Baruch Ivcher, Magistrados del Tribunal Constitucional.

Si la propuesta criticada prospera, el afectado será el pueblo del Perú, que quedará expuesto a las posibles tentaciones autoritarias de cualquier gobernante de turno, que pretenda limitar los derechos y libertades fundamentales en el país, sin que se pueda cuestionar este accionar ante órganos supranacionales de derechos humanos.

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